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ACTA DE CONSTITUCIÓN DEL 15 DE AGOSTO DE 2009 DE LA ASOCIACIÓN PRO SABANALARGA

En la ciudad de Bogotá D. C., Departamento de Cundinamarca, República de Colombia, a los quince ( 15) días del Mes de Agosto de 2009, se reunieron siendo las 17:00 P. M. en la calle 107 A No. 8 B – 49, Salón comunal del Edificio Altos de Santa Ana de Bogotá D. C.,   los señores LIBARDO GÓMEZ PEÑA, JAIME LLINAS SALAZAR, HERMES CASTELLANOS O, ISABEL AHUMADA ESTRADA, ANGÉLICA VÉLEZ ÁLVAREZ, EMILCE DE LOS REYES, JUAN JOSÉ VILLA ÁLVAREZ, TULIA MARGARITA PEÑA BERDUGO, JUAN CARLOS ROA REYES, FERNANDO HOYOS PÉREZ, FERNANDO HOYOS NAVARRO, RAFAEL CEPEDA CORONADO, FRANCISCO CEPEDA CORONADO, ABDUL MOLA MEDINA, ADRIAN CARBONELL HERRERA, ISAAC SUÁREZ RODRÍGUEZ, DAVID ROA SALGUERO, CLAUDIA GARRIDO DURAN, MARTA LUCIA BOTERO,  HERNÁN PARDO BOTERO, VILMA LUCIA HERRERA AHUMADA, ABIMAEL CASTILLO SMITH, ALEXIS CASTILLO SMITH, GEOVANYS ÁLVAREZ, CASTRO, ROBERTO BARANDICA, JAVIER RODRIGUEZ, CARLOS SARMIENTO, CESAR GUTIÉRREZ TATIS, CARLOS REYES BLANCO, JESÚS REYES BLANCO, JOSÉ FEDERICO CEPEDA, JUAN CARLOS RUIZ CABRERA, LILIANA NIETO CASTRO, JOSUE RAMOS BLANCO, CARLOS CASTELLANO, todos mayores de edad, vecinos de la ciudad de Bogotá DC, nacidos y oriundos del Municipio de Sabanalarga Departamento del Atlántico, con el fin de constituir una asociación privada sin ánimo de lucro , que se regirá bajo las siguientes cláusulas de conformidad a lo normado por el articulo 40 del Decreto 2150 de 1995 y demás normas concordantes y pertinentes.

1. NOMBRE, IDENTIFICACIÓN Y DOMICILIO DE LOS OTORGANTES: LIBARDO GOMEZ mayor de edad, vecino de la ciudad de Bogotá DC identificado como aparece al pie de su firma, y MARTA LUCIA BOTERO, igualmente, persona mayor de edad, vecino de la ciudad de Bogotá DC identificado como aparece al pie de su firma, en sus calidades respectivas de presidente y Secretario, nombrados así única y exclusivamente para la presente reunión.

2.  NOMBRE DE LA ASOCIACIÓN: Asociación Pro Sabanalarga Atlántico

DOMICILIO: Asociación Pro Sabanalarga Atlántico tendrá como domicilio: la ciudad de Bogota

3. CLASE DE PERSONA JURÍDICA: Se trata de una persona jurídica privada sin ánimo de lucro de derechos privado.

4. OBJETO: La asociación Pro Sabanalarga nace y se instituye con el propósito eminentemente social y sin ánimo de lucro para propender por la unión y acercamiento de la colonia Sabanalarguera en las distintas ciudades del país con el Municipio de Sabanalarga y la proyección del mismo a nivel nacional e internacional. Así como con aquellas personas naturales o jurídicas que quieran hacer parte de la misma previo cumplimiento de los requisitos reglamentarios, todo lo cual para velar por el desarrollo sostenible a corto, mediano y largo plazo del Municipio de Sabanalarga, en aspectos tales como el social, económico y cultural, así como servir de instrumento para  gestionar, conseguir, recaudar y manejar recursos mismos a través  de las diferentes entidades Estatales, Privadas, ONG´s, Mixtas, Nacionales, internacionales, etc., con destino a la inversión social en el Municipio de Sabanalarga . así como realizar todo tipo de eventos de orden social, económico y cultural.¸ para propender el desarrollo y proyección nacional e internacional del Municipio de Sabanalarga. Para el efectivo cumplimiento del objeto social de la Asociación, esta podrá adquirir a todo titulo bienes y servicios, importarlos o exportarlos, así como negociar toda clase de títulos valores, comprometerse con Bancos, corporaciones de ahorro y vivienda, compañías de financiamiento comercial y todo intermediario cambiario para celebrar toda clase de contratos necesarios para el cabal desarrollo del objeto social de la Asociación, constituir apoderados judiciales y extrajudiciales para la defensa de la Asociación y sus afiliados. Por último promover, constituir, fundar, fusionar, escindir, transformar disolver y liquidar empresas asociativas de trabajo, cooperativas, asociaciones, fundaciones, sociedades comerciales y sin ánimo de  lucro para propender por el cabal desarrollo del objeto social de la Asociación que en todo caso dependerán y estarán supeditadas directa o indirectamente a la Asociación.

PARÁGRAFO:  Las actividades educativas de que se habla se harán en forma de convenios con las distintas entidades educativas  legalmente constituidas.

   PATRIMONIO: La Asociación Pro Sabanalarga nace con un patrimonio inicial de $ 800.000.oo (OCHOCIENTOS MIL PESOS M/CTE), representados en muebles, enseres y equipos necesarios para el cabal cumplimiento del objeto social de la Asociación.

   ADMINISTRACIÓN: La Asociación Pro Sabanalarga tendrá un representante legal denominado Presidente a quien en sus faltas  temporales o absolutas lo reemplazara un Vicepresidente

.   PERIODICIDAD REUNIONES: Las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva se realizaran así: las ordinarias de la Junta Directiva una vez al mes (el último fin de semana de cada mes) y las ordinarias de Asamblea General una vez al año,  Las extraordinarias de Junta Directiva y Asamblea General cada vez  que las circunstancias lo ameriten previa citación del Señor Presidente o en su defecto del Señor Secretario General.

.   DURACIÓN: La Asociación Pro Sabanalarga tendrá una duración indefinida, y se disolverá por las causales de que habla el artículo 281 del Código de Comercio y las demás que disponga la ley.

.   LIQUIDACIÓN: Una vez disuelta la Asociación pro Sabanalarga, esta se liquidara por un agente liquidador designado por la Junta Directiva o en su defecto por el que designe la Ley.

10.REPRESENTANTE LEGAL: Se nombra como representante legal en su calidad de Presidente de la Asociación Pro Sabanalarga al Señor  LIBARDO GÓMEZ PEÑA y como Vicepresidente al señor JUAN CARLOS ROA REYES, ambos mayores de edad y vecinos de esta ciudad.

    VIGILANCIA Y CONTROL: Para todo efecto legal a que hubiere lugar la Asociación pro Sabanalarga será vigilada por la Alcaldía de Mayor de Bogotá D.C.

    CALIDAD DE ASOCIADOS: Tendrán la calidad de afiliados todas las personas naturales y jurídicas que quieran hacer parte de la Asociación pro Sabanalarga y se comprometan a ayudar para consecución del objeto social de la Asociación.

    JUNTA DIRECTIVA: La Junta Directiva, como órgano social representante de la Asamblea General estará integrada así:

PRESIDENTE: Libardo Roa

VICEPRESIDENTE: Juan Carlos Roa

SECRETARIO: Cesar Gutiérrez Tatis, Isabel Cristina Ahumada

TESORERO: Jaime LLinas

REVISOR FISCAL:

PRIMER VOCAL: Tulia Margarita Peña, Juan José villa

SEGUNDO VOCAL: Hernán Pardo, Vilma Herrera

TERCER VOCAL: Juan Carlos Ruiz, Liliana Nieto

13.1. Los anteriores nombramientos se hacen por un periodo de un (1) año calendario contado a partir de la presente acta de constitución, sin perjuicio de que la Asamblea General los reelija.

Dada en Bogotá D. C., Departamento de Cundinamarca, Republica de Colombia, a los 15 días del Mes de Agosto de 2009.

PRESIDENTE DE LA REUNIÓN

Ad hoc.   

   




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   Fecha de actualización   Jueves Julio 29, 2010 19:48 
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